De acuerdo con la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 9 de enero de 2023 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023 se tienen que acreditar oficialmente las situaciones anteriores de reducción o exención de tasas de matrícula.

Categoría ¿Cómo se acredita esta situación?
Familia numerosa general  – bonificación 50%
Título (carné) de familia numerosa especial, vigente.
Familia monoparental general (1 hijo/a- guardia custodia única)

bonificación 50%

Carné de familia monoparental, expedido por el IMAS

– Guardia y custodia única. -Valoración en suspenso, pendiente de resolver por el Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS), Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social y Juventud del Consell de Menorca, Consell de Ibiza o Consell de Formentera.

Familia numerosa especial

exención del pago de tasas

Título (carné) de familia numerosa especial, vigente.
Familia monoparental especial
(1 hijo o hija discapacitado, 2 o más hijos) exención del pago de tasas
Carné de familia monoparental, expedido por el IMAS

– Guardia y custodia única. -Valoración en suspenso, pendiente de resolver por el Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS), Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social y Juventud del Consell de Menorca, Consell de Ibiza o Consell de Formentera.

En situación de desempleo 

exención del pago de tasas

Se tiene que presentar el INFORME DE PERIODO ININTERRUMPIDO INSCRITO EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO expedido por el SOIB (este documento se puede obtener por Internet). La fecha de emisión de este documento no puede superar los 30 días de antigüedad.

Los trabajadores afectados por un ERTE no forman parte de este grupo y por tanto no están exentos del pago de las tasas.

Beca o ayuda oficial


exención del pago de tasas

Información para poder acogerse a la exención del pago de la tasa de matrícula

En el supuesto de que la convocatoria de becas esté en vigor o haya finalizado (El periodo per solicitar beca para el curso 2023-24 ha sido del 27/03 al 17/05 de 2023)  Los alumnos que solicitaron beca tienen que presentar una copia de la solicitud. Este documento es el único que puede eximir del pago de la tasa de matrícula. El alumnado que al formalizar la matrícula se acoja a la exención por haber solicitado la concesión de una beca y posteriormente no obtenga la condición de becario o le sea revocada la beca concedida, queda obligado a pagar la tasa correspondiente a la matrícula que hizo al formalizar la matrícula.
En el supuesto de que la convocatoria de becas todavía no esté en vigor se debe  pagar el importe de la matrícula. Una vez haya sido publicada la convocatoria, se tendrá que pedir la beca. En el supuesto de que le sea otorgada la beca, usted podrá pedir la devolución del importe de la matrícula (no de la aportación de 8€ de material escolar, que es obligatoria para todo el alumnado).

Información para solicitar una beca y presentación de solicitudes

Discapacidad igual o superior al 33% – Personas en situación de dependencia  en grado II o II o miembros de su unidad familiar.

exención del pago de tasas

Certificado de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, Dirección General de Dependencia.

Libro de familia para los miembros de su unidad familiar.

Víctimas de violencia de género
(también los hijos dependientes) exención del pago de tasas
Documentos que prevé la normativa vigente:
a) Sentencia condenatoria, o
b) Orden de protección o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la solicitante es víctima de violencia de género hasta que no se dicte la orden de protección, o
c) Resolución judicial de medidas cautelares penales para la protección de la víctima, o
d) Certificado/informe acreditativo de atención especializada, expedido por un órgano público competente en materia de violencia de género. NOTA: En el caso de los hijos, también se tiene que presentar el libro de familia.
Víctimas de terrorismo
(también los cónyuges y los hijos) exención del pago de tasas
Resolución administrativa correspondiente (Certificado de víctima de terrorismo emitido por el Ministerio del Interior del Gobierno de España).

NOTA: En el caso del cónyuge y de los hijos, también se tiene que presentar el libro de familia.

Familias en situación de vulnerabilidad económica especial.

exención del pago de tasas

– FAMILIA RENTA SOCIAL GARANTIZADA: Certificado expedido por la Dirección General de Planificación y Servicios Sociales, Servicio de Renta Social Garantizada de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.

Solicitante: Titular de la renta social garantizada o hijo/a con su autorización firmada.

Certificación de que el alumno es miembro de la unidad familiar.

– FAMILIA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN: Certificado emitido por el Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS), Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social y Juventud del Consell de Menorca, Consell de Ibiza o Consell de Formentera.

Solicitante: Titular de la renta mínima de inserción o hijo/a con su autorización firmada.

Certificación de que el alumno es miembro de la unitad familiar.

Jóvenes tutelados y ex-tutelados en vía de emancipación

exención del pago de tasas

Certificado emitido por el Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS), Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social y Juventud del Consell de Menorca, Consell de Ibiza o Consell de Formentera.

Solicitante: el alumno si es mayor de edad o el educador del centro si es menor de 18 años.

Jóvenes en acogimiento familiar

exención del pago de tasas

Resolución administrativa de la medida jurídica o, si no hay, certificado emitido por el Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS), Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social y Juventud del Consell de Menorca, Consell de Ibiza o Consell de Formentera.
Personas sujetas a medidas privativas de libertad

exención del pago de tasas

Resolución judicial que determina su situación.